23 noviembre, 2024

La Suprema Corte aprueba la petición de Lenia Batres para afiliarse al ISSSTE

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJNaprobó este lunes la petición de la Ministra Lenia Batres Guadarrama para ser inscrita al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales del Estado (ISSSTE) y renunciar así al seguro de gastos médicos mayores y seguro de vida que el resto de las y los ministros del Poder Judicial tienen acceso.

El pleno de la Suprema Corte avaló la petición de la Ministra a través de una reunión privada previo a la Sesión Pública de la Sala Superior. Ya en el pleno, la solicitud fue aprobada tras una votación de 10 contra uno.

Lenia Batres había denunciado a inicios de este año que la SCJN rechazó su solicitud de inscripción al ISSTE y su reducción salarial, por lo que anunció que tramitaría dichas acciones por otras vías.

La funcionaria del máximo tribunal del país subió en enero de 2024 el oficio que le fue entregado por la Dirección General de Recursos Humanos de la Suprema Corte donde se señalaban las razones por las que se les negó sus peticiones referentes a su salario y prestaciones una vez que fuera integrada al Pleno de la SCJN.

Sobre su incorporación al ISSSTE, el oficio explicó que las y los ministros de la Suprema Corte no son sujetos de los beneficios del sistema de seguridad social, ni de la prestación de los servicios médicos que brinda dicha institución ya que, al tratarse de miembros del Alto Tribunal, son considerados como “patrones”, por lo que cuentan con un seguro de gastos médicos mayores y seguro de vida.

Además, con respecto a su solicitud de no tener un salario superior al del Presidente de la República, la Suprema Corte tampoco se lo admitió, pues argumentó que, de acuerdo con la Ley General de Responsabilidades Administrativas, dicha instancia está obligada a destinar los recursos presupuestados y aprobados para las remuneraciones de las y los ministros, así como a otros servidores públicos.

En “estricto apego a los tabuladores aprobados” y disposiciones aplicables, la Suprema Corte se encuentra obligada a cumplir la normatividad en materia de servicios personales que lo rige.

Sin embargo, la Ministra Batres argumentó en su publicación que el oficio que le fue entregado no señala la existencia de una nueva Ley de Remuneraciones vigente que establece los parámetros que, según la Suprema Corte, el Poder Legislativo no los había establecido, por lo que aparentemente no podía validarse la aplicación de los artículos de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos a los que aludió la funcionaria para su solicitud.

“Véasele por donde se le vea, no hay justificación para rebasar el monto constitucional”, dijo.

Es por ello que Lenia Batres aseguró que tramitará su incorporación voluntaria al ISSSTE y la entrega del excedente de su salario a la Tesorería de la Federación.

En mayo pasado, la Ministra reiteró a la SCJN su solicitud para ser inscrita al ISSSTE, toda vez que, al pagar ella sus cuotas voluntarias, no se le incluyen algunas prestaciones como aportaciones al Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Fovissste) y la aportación al seguro de retiro.

“La decisión de negarme el alta ante el ISSSTE impide el ejercicio de mis derechos fundamentales a la seguridad social, en términos de lo dispuesto en la fracción XI del apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, argumentó en un escrito remitido a la Suprema Corte.

 

 

 

Crédito: SINEMBARGO

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