Campaña para la Elección Judicial: INE define infracciones y conductas permitidas

El Consejo General del INE aprobó un conjunto de reglas para la campaña de la elección judicial del 1 de junio, estableciendo lo que sí y lo que no podrán hacer los candidatos, partidos políticos, servidores públicos y ciudadanos. Entre las infracciones para los candidatos, se incluyen:

  • Contratar espacios en radio y televisión.
  • Difundir propaganda electoral en materiales distintos al papel (como lonas o playeras).
  • Realizar actos de campaña fuera del periodo autorizado.
  • Usar recursos públicos para la campaña.
  • Difundir mensajes que sean calumniosos o que perjudiquen el interés superior de la niñez.

Por otro lado, los candidatos podrán:

  • Financiar sus campañas con recursos propios, respetando los límites de gasto que fijará el INE.
  • Promocionarse en materiales reciclables y no tóxicos.
  • Participar en foros de debate organizados por el INE o en aquellos ofrecidos sin costo por el sector público o privado.

El catálogo también establece infracciones para los servidores públicos, como el uso de recursos públicos para promover campañas relacionadas con la elección judicial, o el uso indebido de programas sociales para influir en los votantes. Además, se prohíbe que dependencias gubernamentales organicen foros relacionados con las elecciones judiciales si implican beneficios sociales directos.

Asimismo, se considera infracción para los partidos políticos: realizar actos de proselitismo, apoyar públicamente una candidatura, contratar personas para hacer encuestas o entregar beneficios a la ciudadanía.

Finalmente, aunque la consejera Norma Irene de la Cruz sugirió eliminar a la ciudadanía como responsable en el catálogo de infracciones, la propuesta no fue aprobada, ya que se determinó que los ciudadanos también podrían incurrir en conductas que favorezcan a algún candidato.

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