22 noviembre, 2024

La Comisión de Quejas ordena suspender spots de Xóchitl por no cumplir con requisitos

El partido Morena denunció a la precandidata del Frente opositor, al PAN y al PRD por la difusión de tres promocionales de televisión en los que, aseguran, no se identifica el estatus de Xóchitl Gálvez, constituyen posible calumnia y aparece una persona menor de edad.

El Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó este domingo suspender y sustituir los promocionales de Xóchitl Gálvez Ruiz, en un plazo no mayor a seis horas, por no cumplir con los requisistos establecidos para la etapa de precampañas.

La Comisión de Quejas y Denuncias del INE consideró que los materiales denunciados por Morena y pautados para el periodo de precampañas del actual proceso comicial federal, no cumplen con lo previsto en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE).

De acuerdo con la Comisión, los tres promocionales deben señalar la calidad de precandidata de Xóchitl Gálvez Ruiz de manera expresa, tanto por medios gráficos como auditivos; razón por la que se determinó que los materiales denunciados podrían configurar una sobreexposición de la denunciada, al igual de que los partidos Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD).

“Los materiales denunciados, pautados para el periodo de precampañas del actual proceso comicial federal, no cumplen con el requisito establecido en el artículo 211 de la LGIPE, pues deben señalar la calidad de precandidata de Xóchitl Gálvez Ruiz de manera expresa, tanto por medios gráficos como auditivos, los materiales denunciados podrían configurar una sobreexposición de la denunciada, lo que justifica la procedencia de la medida cautelar”, señaló el INE en un comunicado.

Por lo anterior, el INE ordenó sustituir los promocionales en un plazo de seis horas y que las concesionarias de televisión que estén obligadas a transmitirlos, detengan su difusión en máximo 12 horas.

No obstante, la Comisión resolvió improcedente ordenar al PAN y al PRD que se abstengan de realizar propaganda calumniosa o actos anticipados de campaña en la producción de sus promocionales en radio y televisión, por tratarse de hechos futuros de realización incierta.

“En lo referente a la calumnia, se estimó que ninguna de las expresiones contenidas en los spots se refiere a Morena, sino que se refieren a hechos propios de la denunciada, por lo que no hay afectación al partido, de ahí la improcedencia de ordenar el retiro”, sostuvo el órgano autónomo.

Respecto a la aparente vulneración al interés superior de la niñez, el colegiado concluyó que no resulta procedente suspender dicho promocional, debido a que tras el análisis de la imagen mencionada se estima que no corresponde a una persona menor de edad.

 

Crédito: SINEMBARGO

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