La Consejería Jurídica manifestó a la SCJN que el Ministro Laynez Potisek está impedido para resolver sobre el caso.
La Consejería Jurídica de la Presidencia de la República solicitó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que el Ministro Javier Laynez Potisek no sea el encargado de resolver la impugnación tramitada por los senadores de oposición contra la extinción de los 13 fideicomisos del Poder Judicial de la Federación (PJF).
La Consejería Jurídica interpuso un impedimento, en el que manifestó que Laynez Potisek no revise la acción de inconstitucionalidad, luego de que la Cámara de Diputados aprobara la desaparición de los fideicomisos.
“Vengo a solicitar que el Ministro Javier Laynez Potisek se excuse para conocer de la acción de inconstitucionalidad señalada al rubro”, se lee en el escrito.
Sin embargo, no se han revelado las razones por las que se consideró que el integrante de la SCJN no debe conocer de la acción de inconstitucionalidad, aunque la solicitud ya fue enviada al Pleno.
“Remítase el presente expediente al Tribunal Pleno de este máximo tribunal para que resuelva lo que en derecho corresponda. Con copia del escrito que dio origen a este asunto, córrase traslado a las ministras y ministros que integran el Tribunal Pleno de este alto tribunal para su conocimiento”, señala el acuerdo de la Secretaría General de Acuerdos.
Por tal razón, “de conformidad con los artículos 10, fracción XIV y 14, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, relacionado con los artículos 7, fracción III, del Reglamento Interior de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y segundo, fracción XII, del Acuerdo General Plenario 1/2023, remítase el presente expediente al Tribunal Pleno de este máximo tribunal para que resuelva lo que en derecho corresponda”.
El Ministro Laynez Potisek resolverá en los próximos días si admite a trámite la acción de inconstitucionalidad que interpusieron los senadores de oposición contra el decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 224 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Crédito: SINEMBARGO