El INAI pide considerar las implicaciones que el fan ID podría representar en los derechos a la protección de los datos personales y la privacidad de las personas aficionadas, particularmente de las niñas y los niños.
Destacó que “el tratamiento de datos personales sensibles implica el consentimiento expreso y por escrito de todos y cada uno de los titulares respecto de los cuales se trata el dato
Al fijar postura respecto al proyecto FAN ID, de la Federación Mexicana de Futbol (Femexfut), que considera dispositivos de reconocimiento facial a los asistentes a los partidos de fútbol, incluyendo datos biométricos, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales subrayó que las medidas deben cumplir con lo establecido en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.