
El Congreso del Estado de Yucatán aprobó este miércoles una reforma al Código Penal local que despenaliza el aborto hasta la semana 12 de gestación, tras una votación en el Pleno que concluyó con 22 votos a favor y 13 en contra.
Los legisladores que respaldaron la medida pertenecen a Morena (17), Partido del Trabajo (1), PRI (2) y Movimiento Ciudadano (2), mientras que la oposición provino en bloque del PAN (12) y del Partido Verde Ecologista de México (1).
La reforma incluye una modificación de última hora al dictamen, mediante la cual se establece que el aborto no será sancionado penalmente si se practica dentro de las primeras 12 semanas de embarazo. Con esta decisión, Yucatán se convierte en la entidad número 23 en el país en aprobar este tipo de legislación.
En contraste, el Congreso local no logró aprobar una iniciativa paralela que buscaba modificar el artículo 1 de la Constitución estatal para reconocer el derecho a la vida desde la concepción. Dicha propuesta no alcanzó la mayoría calificada de 24 votos necesarios para su aprobación.
Este cambio legislativo responde a una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que en agosto de 2024 ordenó al Congreso estatal derogar los artículos del Código Penal que criminalizaban el aborto, por considerarlos violatorios de derechos humanos.
Desde entonces, el Congreso de Yucatán inició el proceso de derogación de artículos como el 389, 390, 392 y 393 del Código Penal, los cuales establecían sanciones penales tanto para las mujeres que abortaran como para quienes facilitaran el procedimiento. Las penas incluían de uno a cinco años de prisión y la suspensión del ejercicio profesional hasta por cinco años.
Hasta antes de la reforma, el aborto en Yucatán sólo era legal bajo ciertas circunstancias: cuando derivaba de un acto culposo, en casos de violación o inseminación no consentida, si la vida de la mujer estaba en riesgo, por causas económicas justificadas, y cuando la mujer tuviera al menos tres hijos.
La aprobación de esta reforma representa un avance significativo en la garantía de los derechos sexuales y reproductivos en el estado, en línea con el criterio establecido por el máximo tribunal del país.
