Por mayoría de tres votos, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), confirmó que la excandidata presidencial del PRI, PAN y PRD, Xóchitl Gálvez, incurrió en calumnia contra su entonces adversaria de Morena, PT y PVEM, Claudia Sheinbaum, al llamarla “narcocandidata” durante el segundo debate presidencial.
Por decisión de los magistrados Mónica Soto, Alfredo Fuentes y Felipe de la Mata, el Tribunal resolvió que Gálvez Ruiz no debió sustraerse de los límites constitucionales en sus expresiones, a pesar de que fueron hechas en el marco de los debates presidenciales organizados por el Instituto Nacional Electoral (INE).
Estableció que los debates presidenciales no son un campo de inmunidad ni aísla a las candidaturas de los reglamentos de propaganda electoral.
En contra de la decisión mayoritaria, la magistrada Janine Otálora propuso revocar de forma lisa y llana, y esto porque las manifestaciones de Xóchitl Gálvez, a su juicio no formaron parte de aquellas expresiones que conforme a la ley admiten la posibilidad de constituir calumnia electoral, toda vez que no se cumplen los elementos de la infracción debido a que ocurrieron precisamente en el contexto de los debates presidenciales.
“Para que se actualice la infracción de calumnia electoral deben coincidir dos elementos. Uno, la existencia de propaganda electoral; y dos, que en ésta se haga la imputación de hechos o delitos falsos con impacto de un proceso electoral”, dijo.
En otro asunto, la Sala Superior ordenó a su Sala Especializada realizar un nuevo análisis para determinar si Xóchitl Gálvez cometió calumnia contra Morena al llamarlo “narcopartido” en el segundo debate presidencial.
Crédito: LATINUS