El pleno del Congreso de la Ciudad de México aprobó en lo general y en lo particular, casi por unanimidad, la nueva Ley.
El Congreso de la Ciudad de México aprobó este jueves la Ley Paola Buenrostro, con la que se tipificó como delito el transfeminicidio, el cual tendrá penas de 35 a 70 años de prisión para las personas agresoras.
El pleno del Congreso de la Ciudad de México aprobó en lo general y en lo particular, con 47 votos a favor, tres en contra, y cero abstenciones, el dictamen con el que se modificará el Código Penal, la Ley de Víctimas, el Código Civil y la Ley Orgánica de la Fiscalía capitalina.
Este dictamen especifica que comete el delito de transfeminicidio quien, por razón de identidad de género o expresión de género, prive de la vida a una mujer trans o a una persona cuya identidad o expresión de género, real o percibida, se encuentre dentro del espectro femenino de género.
El Congreso destacó la importancia de Ley, ya que considera que así se asegura que los crímenes cometidos por odio hacia las personas trans sean castigados de manera adecuada, y se dé acceso a la justicia de las víctimas de la violencia transmisógina.
De acuerdo con el Congreso, con datos recuperados de la organización LLECA-Escuchando la Calle, en lo que va del año 2024 se han contabilizado al menos 28 transfeminicidios en México, siendo la Ciudad de México la región donde se registra el mayor número de víctimas contabilizando ocho.
El dictamen tiene su origen en la recomendación emitida por parte de la Comisión de Derechos Humanos (CDH) a la entonces Procuraduría General de Justicia local, que fue señalada por su falta de diligencia y de aplicación de perspectiva de género y enfoque diferenciado en la investigación del transfeminicidio de Paola Buenrostro, trabajadora sexual trans que fue asesinada en 2016.
En lo que refiere al Código Penal se propone agregar un capítulo VII, en materia de transfeminicidio, donde se establezca que “comete este delito quien, por razón de identidad o expresión de género prive de la vida a una mujer trans”. Además, que quien cometa este delito enfrentará de 35 a 70 años de prisión.
La reforma al Código Civil propone que, para las actas de defunción de las personas transgénero, en caso de que sus familiares se nieguen a realizar el trámite o pudieren vulnerar su identidad o expresión de género, dicha acta podrá ser tramitada por una persona que pertenezca a la familia social de la persona transgénero, en términos de la Ley de Víctimas de la Ciudad de México. En este sentido, la modificación a esta Ley establece el concepto de familia social.
Por último, la propuesta de reforma a la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México propone generar datos estadísticos e informes trimestrales sobre los delitos realizados en contra de la comunidad LGBTTTI+, y evitar en todo momento los prejuicios y estereotipos de género.
El dictamen fue propuesta por el Diputado morenista Marco Antonio Temístocles Villanueva Ramos, quien buscó “identificar los casos de transfeminicidio, constituir una herramienta para la correcta identificación de sus causales, y ayudar a garantizar el acceso a la justicia sin revictimización, que puede operar por la criminalización de las actividades que desarrollen como trabajadoras sexuales o tan sólo por la identidad de género”.
Crédito: SINEMBARGO